ZOOFILIA: INFORME AVATMA

Los veterinarios de AVATMA (Asociación de Veterinarios Abolicionistas de la Tauromaquia y el Maltrato Animal) consideramos que tanto el ofrecimiento de animales por parte de sus propietarios, responsables o titulares, para prácticas sexuales con personas, así como las propias prácticas, son maltrato animal. Por tanto, creemos que la zoofilia debería considerarse legalmente como un delito que debe ser perseguido y castigado adecuadamente.

Para entender mejor nuestro punto de vista, empezaremos definiendo el “maltrato animal” como toda aquella actividad humana realizada de forma consciente o no, que menoscabe o deteriore el bienestar de los animales.

Por “bienestar animal” se entiende la ausencia de sufrimiento de cualquier índole, tanto físico como psíquico.

Entendemos por “sufrimiento físico” el padecimiento de enfermedades orgánicas o lesiones que conllevan dolor, y por “sufrimiento psíquico” la experimentación de sensaciones emocionales negativas y por tanto desagradables. Las patologías físicas u orgánicas pueden inducir desórdenes psíquicos en los animales e igual sucede en el sentido inverso, lo que es suficiente motivo para que se le otorgue la importancia debida. El abuso sexual de animales puede originar ambos tipos de padecimiento.

Es imperativo reconocer como delito tanto el abuso sexual animal que implica daños físicos como el abuso zoo-sádico que busca infligir dolor, así como los casos de abuso sexual que no producen evidentes lesiones físicas, ya que los animales afectados suelen manifestar problemas de conducta que evidencian sufrimiento emocional, aunque estos se exhiban de manera más sutil o, mejor dicho, sólo puedan ser reconocidos por veterinarios especialistas en el estudio clínico del comportamiento animal, que no siempre es fácil o posible.

Los animales no humanos, al igual que las personas, tienen una serie de necesidades básicas o elementales que deben ser cubiertas para poder sobrevivir y reproducirse, como son:

Llevar una alimentación sana y equilibrada en la cantidad adecuada para no pasar hambre

Disponer de agua suficiente para mantener la funcionalidad de los órganos vitales

Tener un descanso adecuado en tiempo y condiciones

Disponer de un cobijo para protegerse de las inclemencias del clima y de otros peligros

Más allá de estas necesidades básicas, existen otras necesidades etológicas debidas al comportamiento normal de cada especie animal que, a pesar de que a veces pueden no llegar a poner en peligro la supervivencia y la reproducción, de no encontrarse cubiertas ocasionan sufrimiento y en consecuencia disminuyen su bienestar. Dentro de estas últimas se encuentran:

Disponer de estímulos ambientales suficientes para la especie animal en cuestión que impidan el desarrollo de patologías del comportamiento

No padecer miedo o angustia

En resumen: aún en el caso de que las“necesidades básicas” estén cubiertas, entendiendo éstas como fisiológicas, su bienestar requiere que se tengan en cuenta también las “necesidades etológicas”. En consecuencia, el bienestar de los animales en su relación con el ser humano, se ve supeditado a tener cubiertas sus necesidades más básicas, a proporcionarles los suficientes estímulos sociales y ambientales necesarios para que desarrollen con normalidad las conductas propias de su especie y a evitar que sean sometidos a estímulos hostiles que puedan provocarles miedo, dolor y angustia de forma artificial e intencionada, en particular si esos estímulos sobrepasan la capacidad de adaptación del organismo en cuestión.

El abuso sexual es experimentado por los individuos como un “estímulo aversivo o estresor”, ya sea en el caso de pequeños o grandes animales, con o sin uso de la violencia o fuerza. Especialmente si el estresor se perpetúa en el tiempo o es muy intenso, puede originar trastornos tanto físicos como psíquicos. Así, cuando el estímulo aversivo que induce estrés, es percibido como totalmente inevitable, no sólo no existe bienestar sino que el sufrimiento emocional provocado puede ocasionar un trastorno psicológico grave que se denomina “indefensión aprendida”, consistente en una detención y retroceso en el proceso de aprendizaje, por lo que el animal afectado “aprende” a no tener reacción alguna en presencia del estímulo desagradable aunque disponga de herramientas para ello, ya que no es capaz de encontrar relación entre su reacción y una consecuencia positiva, es decir, aprende a sentirse indefenso y a no tratar de impedirlo, con todas las consecuencias negativas que eso conlleva para su bienestar (Overmaier y Seligman, 1967).

Es lógico que las actividades sexuales con seres vivos dependientes de los humanos deban ser consideradas insanas para la parte que no conoce a lo que va a ser expuesta y que, por ello, no puede dar su consentimiento expreso, convirtiéndose en un abuso. Su uso para prácticas sexuales y su ofrecimiento para ese fin (explotación sexual) debería ser considerado también un delito, puesto que los animales utilizados, a menudo, sufren también daños físicos evidentes y daños psíquicos que pueden perjudicarles gravemente de por vida y mermar seriamente la calidad de la misma.

El conocimiento científico actual nos permite comprender que otras especies diferentes a la humana también poseen receptores para el dolor físico (nociceptores) repartidos por todo su organismo y mecanismos de funcionamiento neuronales, por lo que también podrían tener emociones análogas a las nuestras. Así, por ejemplo, contamos con estudios científicos como el del Dr. Jesse Goldberg y el profesor Michale Fee, del Instituto McGovern de Investigación Cerebral del MIT (Instituto tecnológico de Massachusetts en Estados Unidos), a partir de una investigación financiada parcialmente por la UE, en el que demuestran que los mamíferos (entre los que nos encontramos los humanos) y las aves, disponen de circuitos neuronales similares pese a las grandes diferencias anatómicas existentes en su corteza cerebral, por lo que ambos grupos emplean el mismo mecanismo de aprendizaje. Existen, a su vez, indicadores externos con los que se puede determinar que el animal se encuentra en un estado emocional desagradable, como puede ser el comportamiento, por lo que el estudio de su conducta nos permite detectar tanto sus preferencias como sus necesidades y su estado interno, algo que también nos facilitan los avances científicos en materia de etología.

Los animales sometidos a abusos sexuales por parte de las personas pueden sufrir:

Miedo, fobia y estrés crónico o ansiedad, viéndose afectados muchos sistemas corporales (cardiovascular, endocrino, gastrointestinal, hemático, linfático, inmune, músculo-esquelético, nervioso, respiratorio, cutáneo, etc.), lo que puede originar una gran variedad de signos clínicos como taquicardia (elevación de la frecuencia cardíaca), alteraciones en la regulación del eje endocrino hipotálamo-hipófisis-adrenal, hiporexia (disminución del apetito), anorexia (ausencia de apetito), polifagia (aumento de la ingesta de alimento), apetito aberrante o pica (ingestión de materiales no alimenticios), salivación excesiva, vómitos, diarreas, tenesmo (sensación de necesidad de orinar o defecar), hematoquecia (contenido de sangre en las heces), alteraciones en el sistema inmune con un aumento de la facilidad para contraer infecciones y/o infestaciones, mala condición corporal, pérdida o ganancia de peso, heridas auto-infligidas, aumento o disminución de la actividad motora con respecto a los niveles normales, actividad repetitiva o conductas estereotipadas, temblores, taquipnea (elevación de la frecuencia respiratoria) y los cambios metabólicos asociados a ella, midriasis (dilatación pupilar) por estimulación del sistema nervioso autónomo, estados de hipervigilancia, comportamientos de evasión y agresividad defensiva ante estímulos leves como intentar tocarles, entre otros.

Trastornos psíquicos importantes como la “indefensión aprendida

“Inmovilidad tónica” o reacción paralizante, automática e involuntaria del organismo frente a las amenazas extremas, que constituye un mecanismo de defensa derivado del padecimiento de situaciones de miedo intenso, cuya duración en el tiempo es utilizada como una medida del estrés que éstos padecen y que está documentada, pudiendo ser aprovechada esta inmovilidad del animal por las personas que los utilizan para fines sexuales, lo que supondría un mayor abuso de poder

Alteración de la funcionalidad de órganos vitales debida a la inadecuada administración de sustancias psicotrópicas sin prescripción ni control veterinario, con el fin de poder manejarlos sin resistencia

Alteraciones en su descanso natural por tener alterada la conducta y mantener un estado de hipervigilancia

Dolor y daño físico causado por la utilización de medidas de contención inapropiadas, por heridas físicas que puedan llegar a sufrir derivadas de estas prácticas, por golpes o el uso de la fuerza y la violencia para someterles, aun cuando no produzcan lesiones físicas evidentes, por heridas auto-infligidas por el propio animal fruto de desórdenes conductuales derivados del estrés crónico que pueden llegar a padecer y por infecciones que pueden contraer a raíz de cualquiera de esas heridas físicas

Riesgo grave de muerte o la propia muerte como consecuencia directa de todos los padecimientos que pueden llegar a tener mencionados anteriormente e, inclusive, al ser obligados a participar en prácticas sexuales extremas o sádicas con personas. Esto puede incluir la introducción de animales vivos en orificios corporales humanos, provocándoles finalmente la muerte por asfixia, otras formas de tortura erotizada, así como la producción de laceraciones y desgarros importantes en sus membranas mucosas que son utilizados en prácticas brutales, provocándoles la muerte por shock hipovolémico de origen hemorrágico debido a que éstas son superficies corporales fuertemente vascularizadas. Igualmente, el dolor muy intenso puede ser causante de shock y muerte

Por todos esos motivos, los animales expuestos a este tipo de prácticas ven seriamente amenazado y disminuido su bienestar, cuando no su vida. Lógicamente, estos riesgos son aún más elevados en el caso de que sean apresados y tutelados por individuos que ejercen como proxenetas con ellos, lo que puede suponer su encierro en lugares inadecuados y la ausencia de atención veterinaria, tanto por el rechazo social que pueden generar estas prácticas como por la baja estima en que los tienen, además del hecho de que sean explotados para obtener una fuente de ingresos no declarados, lo que hace que su calidad de vida sea, casi sin excepción, muy deficitaria.

Es también reseñable que este tipo de prácticas podrían dar origen a problemas de salud en las personas, como podría ser contraer enfermedades zoonóticas y enfermedades infecto-contagiosas, poniendo en riesgo a la vez la salud humana y la salud animal, lo que sería un motivo suficientemente importante para adoptar medidas que puedan frenar este tipo de actuaciones.

Los animales domésticos han adquirido una dependencia del ser humano a lo largo de los miles de años de evolución de la relación con él, y también han aprendido a confiar en nosotros porque saben que a nuestro lado conseguirán sobrevivir y reproducirse, algo que difícilmente pueden conseguir por sí mismos. Todos estos factores (la dependencia del ser humano, la confianza que depositan en nosotros y la inocencia o ingenuidad propia de los animales domésticos) es lo que hace que el trato hacia ellos deba ser ético, compasivo y justo, si lo que pretendemos es una sociedad respetuosa y civilizada.

En el caso de los animales salvajes el sufrimiento es aún mayor, porque además de ser sometidos al mismo tipo de traumas que los animales domésticos, hay que añadir la privación de su medio natural y un mayor nivel de estrés relacionado con el contacto con humanos, algo a lo que no están habituados.

Es por todo lo anteriormente expuesto, que consideramos que la sociedad española del siglo XXI, a tenor de lo que la ciencia nos va dictando, de la empatía y, en base a ésta, de la compasión y ética que todo humano civilizado debería utilizar con otras formas de vida diferentes a la suya propia, debería condenar hechos como estos y castigarlos en su justa medida en base al sufrimiento al que exponen a los animales las personas que realizan estas prácticas. Creemos firmemente que es, sin lugar a dudas, una forma cruel de maltrato animal, que ponen en práctica tanto el que ofrece este tipo de servicios como el que hace uso de ellos.

María Teresa Alonso de Pedro

Licenciada en Veterinaria por la UCM en la especialidad de Medicina y Sanidad Animal y socia de AVATMA

Veterinaria clínica especializada en Medicina del Comportamiento

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Os dejamos la interpretación jurídica del nuevo Código Penal en la materia que nos ocupa:

Intercids. Operadores Jurídicos por los Animales. Reforma del Código Penal en materia de maltrato animal: Tratamiento de la explotación sexual y actos sexuales con animales. Notas aclaratorias sobre el texto aprobado por el Congreso de los Diputados el día 9/02/2023

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